Las empresas de juego de España recuperarán su capacidad de marketing gracias a la anulación de algunos restricciones incluidas en el Real Decreto de 2020. La decisión fue tomada por el Tribunal Supremo a partir de los avales presentados por distintas organizaciones de juego online que representan al sector privado.
Marcha atrás para la restricción a la publicidad del juego online
El Real Decreto 958/2020, que tantas polémicas ha suscitado, tendrá algunos puntos clave anulados. Se debe a una decisión del Tribunal Supremo de España, tras una gran cantidad de reclamos presentados por las principales asociaciones de juego online del país.
Según indicaron desde el Poder Judicial, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal no consideró los avales sobre irregularidades en el tratamiento de la reglamentación. Es decir que la medida, impulsada por el exministro Alberto Garzón, no fue anulada por su procedimiento.
Lo que las autoridades tuvieron en cuenta es que las restricciones a la publicidad deben formar parte de una normativa general. En este caso, se puntualizaba en el rubro de los casinos online y las casas de apuestas deportivas, cuando ya existen reglamentos superiores sobre publicidad en España.
En la sentencia se explicita que la actividad publicitaria está dentro de los límites de las empresas, aunque se encuentre enmarcada por los límites que le impone el Estado en función de garantizar la protección de la sociedad.
Las empresas podrán recobrar los derechos de marketing que tenían antes del Real Decreto del año 2020. Entre los principales se cuentan la capacidad para anunciar en radio y televisión, así como la libertad de contratar celebridades y personalidades del deporte para sus campañas.
Para el Tribunal Supremo, la protección a los menores y las personas vulnerables es una cuestión tratada en las normas generales sobre publicidad. Se considera improcedente analizar una actividad comercial con criterios distintos de los que rigen para el conjunto de la vida económica en España.
Los puntos que se anularon del Real Decreto
El Real Decreto 958/2020 no fue anulado en su totalidad, sino que se trató punto por punto. Las autoridades consideraron que no existía cobertura legal para mantener ciertos artículos y apartados:
- Artículo 13, apartados 1 y 3: prohibían las promociones dirigidas a nuevos clientes, tales como bonos de bienvenida.
- Artículo 15: anulaba la facultad de contratar personalidades famosas para las campañas de marketing.
- Artículo 23, apartado 1: era la restricción general para los anuncios en medios de comunicación, como radio y televisión.
- Artículo 25.3: eliminaba la publicidad de juego online en plataformas de videos.
- Artículo 26, apartados 2 y 3: ponía límites para la publicidad a través de redes sociales.
Con esto, las empresas de España recuperarán una gran cantidad de recursos para el desarrollo del marketing. En los informes de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) se ha podido apreciar cómo han variado las orientaciones de marketing en la industria desde la sanción del Real Decreto.
Las plataformas de juego online esperan ver maximizados sus ingresos con los derechos recobrados. Cabe destacar que durante estos años han podido incrementar su capacidad económica, aun a pesar de las tan criticadas restricciones.
La caída de los estos artículos repercutió inmediatamente en la prensa española, puesto que la contienda legal entre el sector del juego y el gobierno de Pedro Sánchez se ha mediatizado en buena medida durante los últimos años. Esta tendencia aumento en tanto que crece la imagen de los operadores online.
La gestión de las asociaciones de juego de España
Las patronales del sector no se quedaron quietas luego de las restricciones del año 2020. Fueron numerosos los reclamos presentados por vías institucionales y también mediante sus canales de comunicación.
La Asociación Española de Juego Digital (Jdgital) fue una de las principales impulsoras de este proceso. En su sitio web han señalado la decisión del Tribunal Supremo como una excelente noticia para el empresariado.
Así y todo, el optimismo no es completo. Muchas de las capacidades de marketing de la industria del juego online continúan restringidas por la Ley General de Comunicación Audiovisual. Esto incluye los límites de horario para la publicidad en radio y televisión.
Desde Jdigital también ven de manera negativa que siga vigente el Código de Conducta Publicitaria. Este protocolo impide que los bonos de bienvenida sean mayores a €200. Prohíbe asimismo la contratación de celebridades menores de 25 años.
A pesar de ello, la patronal de las empresas de juego online se manifestó a favor de trabajar en pos de un marco garantista para la publicidad del sector. Los privados confían en sus criterios para asegurarse de que los usuarios tengan una experiencia positiva.
De la misma manera, Jdigital mostró interés por conocer la opinión de la DGOJ sobre el fallo del Tribunal Supremo. Confiaron en mantener una relación de diálogo entre todas las partes que conforman el juego online de España.